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Universidad Centroamericana - UCA  
  Número 255 | Junio 2003

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Guatemala

Caso Myrna Mack: otro zarpazo de la impunidad

La sentencia de octubre 2002 contra los militares autores intelectuales del asesinato de la antropóloga Myrna Mack constituyó un hecho histórico, que reflejaba avances mínimos, aunque frágiles, en la administración de justicia en Guatemala. Meses después, la impunidad ha vuelto a morder la esperanza. Y el poder militar a demostrar su peso.

Helen Mack y Carmen Aída Ibarra

La falta de certeza jurídica hace que un país sea inviable. El sistema de administración de justicia de Guatemala no tiene capacidad de dar esa certeza jurídica y, ante el mundo, nuestro país se perfila como una nación donde los órganos judiciales siguen siendo inoperantes, débiles y dispuestos a garantizar impunidad a los grupos de poder que lo tienen aprisionado.

La sentencia de segundo grado emitida el 7 de mayo por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, que absolvió a los tres altos militares involucrados en el asesinato de la antropóloga Myrna Mack estuvo basada en inconsistencias judiciales y en anomalías jurisdiccionales. Unas pocas líneas, en donde el razonamiento y la legalidad estuvieron ausentes, dejaron sin efecto los hechos probados durante el histórico juicio celebrado en septiembre-octubre del 2002.

OTRA OPORTUNIDAD PERDIDA

Myrna Mack fue asesinada brutalmente a puñaladas al salir de su oficina en septiembre de 1990. Estaba investigando y documentando las tácticas contrainsurgentes que el Ejército de Guatemala empleaba contra las comunidades indígenas.

En 1993, Noel de Jesús Beteta, un militar perteneciente al Estado Mayor Presidencial fue juzgado y sentenciado a treinta años de prisión como autor material del asesinato. En septiembre del 2002, y en un juicio histórico que culminó años de esfuerzos ingentes hasta lograr sentar en el banquillo de los acusados a tres altos militares, los autores intelectuales del crimen, el Tribunal Tercero de Sentencia concluyó que eran hechos probados que Myrna Mack fue asesinada por sus investigaciones sobre la población desarraigada, que el Coronel Juan Valencia fue quien transmitió a Beteta la orden de asesinar a Myrna Mack, y que para cometer el crimen fueron utilizados los recursos del Departamento de Seguridad del Estado Mayor Presidencial (EMP).

En este juicio de primera instancia, Valencia Osorio fue condenado y sentenciado a treinta años de prisión. Apeló. Aunque en el juicio se demostró también que los otros dos militares, el General Edgar Godoy y el Coronel Guillermo Oliva, habían tenido participación en el crimen como eslabones de la cadena de mando en el Estado Mayor Presidencial (EMP), éstos no fueron condenados. Helen Mack, hermana de Myrna, quien actuó en el juicio como querellante adhesiva, apeló la sentencia favorable a Godoy y Oliva.

La sentencia del 7 de mayo no ha hecho más que reafirmar el peso de la impunidad. Los tres magistrados que integran la Sala Cuarta de Apelaciones elaboraron una sentencia totalmente inconsistente para absolver oficiosamente la política de represión aplicada por el Estado de Guatemala durante la época del conflicto armado interno y para tender de nuevo el manto de la impunidad sobre los crímenes cometidos en acatamiento de la Doctrina de Seguridad Nacional, la política contrainsurgente y el concepto del “enemigo interno”. Al actuar así, el país perdió, una vez más, la oportunidad de hacer justicia con base en los principios de independencia judicial, imparcialidad, objetividad y apego al Estado de Derecho.

ABSUELTO SIN ARGUMENTOS

La resolución de la Sala Cuarta de Apelaciones no presentó argumentos de hecho ni de derecho. Aplicó principios doctrinarios sin el debido fundamento y valoró la participación del Estado Mayor Presidencial en el asesinato de Myrna Mack, cuando lo que había sido sometido a su consideración era la responsabilidad individual que en el crimen tenían los tres militares, Valencia, Godoy y Oliva.

El mandato de la Sala Cuarta se limitaba a analizar si de los hechos probados en el juicio -la orden que Valencia dio para asesinar a Mack- se deducía o no la comisión de un delito. Le correspondía analizar si la orden transmitida por Valencia -hecho admitido por él mismo y por su defensa en el recurso de apelación especial- había causado la muerte de Myrna Mack. Sin embargo, la Sala, actuando en correspondencia con los intereses del poder militar, no analizó estas evidencias, y absolvió a Valencia anulando la sentencia de primera instancia emitida en su contra, a la vez que confirmó la absolución de los otros dos militares acusados.

La Sala basó la absolución en una supuesta contradicción que dijeron observar los magistrados en la sentencia del 2002: no resultaba claro para ellos que en el EMP se fraguara el crimen. Ante esta contradicción, resolvieron, sin ningún fundamento, que el crimen no se fraguó en el EMP y, por lo tanto, resolvieron también que Valencia es inocente. Lo insólito es que la Sala haya absuelto al Coronel Valencia sin haber desvirtuado lo que el Tribunal Tercero de Sentencia dio como hecho probado: que Valencia ordenó a Beteta dar muerte a Myrna Mack. En ninguna parte de la resolución, los magistrados fundamentan la inocencia de Valencia. Para absolverlo, se basaron únicamente en que, según ellos, no quedó probado que el asesinato se fraguara en el EMP, lo que aunque así fuera no desvirtuaría los hechos probados contra Valencia.

UN GRAVE PRECEDENTE: LA RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL

No sólo fue absuelto Valencia. Quedó así también absuelto el EMP, una estructura militar considerada por los expertos y por los informes del REMHI y de la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH), como un centro donde se planificaban y cometían graves crímenes. Así, con una resolución de carácter político, en clara defensa de los intereses del Ejército, la Sala Cuarta dejó de lado todos los hechos que se han venido probando judicialmente contra el EMP en los últimos trece años.

De manera automática, la Sala resolvió que si esta estructura no tenía vínculos probados con el crimen, tampoco sus integrantes lo tenían. Dejó así fuera de toda consideración la responsabilidad individual de Valencia Osorio y la de los otros dos acusados. Para absolverlos, la Sala citó únicamente principios doctrinarios, copiados literalmente de un Manual de Derecho Penal, resultando una sentencia tan inconsistente que los mismos magistrados fueron incapaces de presentar un solo razonamiento para sustentarla. Simplemente, los magistrados no aplicaron la ley.

El precedente es muy grave. Durante trece años, en el caso Myrna Mack se ha enjuiciado a personas concretas para que afronten su responsabilidad individual. El juicio de septiembre del 2002 fue contra las personas, no contra la estructura militar. Sin embargo, absolviendo a la estructura, la Sala disolvió las responsabilidades individuales.

Las repercusiones de esta sentencia serán nefastas para la administración de justicia, pues se vinculará la responsabilidad individual a la responsabilidad institucional.

“EN EL FONDO, NADA HA CAMBIADO”

Con un enfoque evidentemente antitécnico, parcial, oficioso y que se excedía de las facultades de que está investida, la Corte de Apelaciones asestó un duro golpe a las esperanzas de justicia en Guatemala. La absolución de estos altos oficiales militares ha renovado entre la población sentimientos de desesperanza. Se confirma una vez más, en caso tan relevante, que la impunidad y la denegación de justicia son las piezas esenciales de la respuesta institucional que el Estado de Guatemala da a la demanda de justicia.

El 28 de mayo, Helen Mack, hermana de Myrna, presentó Recurso de Casación ante la Corte Suprema de Justicia impugnando el fallo de la Sala Cuarta de Apelaciones por motivos de fondo y por motivos de forma, solicitando revertir este fallo y condenar a los tres militares como responsables del asesinato de Myrna. Ese mismo día, Helen, presidenta de la Fundación Myrna Mack, participó en un evento ecuménico en el que se conmemoraba un aniversario más de la masacre de Panzós y en el que se evocó la impunidad que rodea éste y otros casos paradigmáticos que han quedado impunes en Guatemala.

Durante el acto, Helen Mack hizo un análisis de la situación de la justicia en Guatemala. Entre otras cosas dijo: “No es suficiente que la sociedad tenga acceso a informes como el REMHI o el de la Comisión de Esclarecimiento Histórico. Hay que traducir en hechos judiciales esa memoria histórica para asegurar que nunca volverán a repetirse los hechos violentos que tanto daño han causado a nuestras relaciones sociales, políticas y familiares. En el fondo, nada ha cambiado”.

“La Comisión para el Esclarecimiento Histórico dijo que durante el conflicto armado los órganos judiciales fueron inoperantes y que, incluso, contribuyeron a agravar los conflictos sociales porque protegieron las políticas represivas del Estado. Y digo que nada ha cambiado de fondo porque, aún con la nueva Constitución, el nuevo proceso penal, las nuevas instituciones y los acuerdos de paz, en Guatemala sigue prevaleciendo la falta de voluntad política para administrar justicia con base en los principios básicos de la legalidad, la independencia judicial y la autonomía de las instituciones.

Los órganos judiciales siguen siendo inoperantes y muchos funcionarios judiciales y fiscales, así como policiales, responden a los parámetros de interés de los poderes fácticos”.

“EL PODER MILITAR EJERCE UNA EXTRAÑA SEDUCCIÓN”

Siguió afirmando Helen Mack: “El poder militar, como lo hizo antes, sigue ejerciendo un fuerte influjo sobre muchos operadores de justicia. Ejerce una extraña y misteriosa seducción sobre hombres y mujeres en posiciones claves de la administración del Estado. De eso no escapan algunos funcionarios judiciales, como he constatado por experiencia propia”.

“Lo han constatado también muchos de ustedes, las personas y organizaciones que han impulsado casos judiciales de alta sensibilidad social como las masacres de Panzós, Río Negro y Las Dos Erres; y el asesinato de monseñor Gerardi. El patrón es el mismo. Los casos se estancan en el Ministerio Público, donde no existe una política de persecución penal definida y donde las estructuras paralelas del poder oculto manipulan las investigaciones. Ahí conviven funcionarios comprometidos con la impunidad y fiscales que tienen voluntad, pero no gozan de autonomía para trabajar.”

“Los casos que han logrado superar las barreras de la impunidad en el Ministerio Público, decaen al llegar a los tribunales. Hay jueces y magistrados que se dejan atemorizar, presionar o sobornar. No pueden negar las presiones, porque la misma Corte Suprema de Justicia ha denunciado las amenazas y atentados contra operadores judiciales. No pueden negar que existe la práctica del soborno y la corrupción, pues la misma Corte Suprema de Justicia ha denunciado a los operadores sospechosos. Hay magistrados y jueces que por afinidad ideológica o intereses personales se pliegan al poder político, al poder militar y al poder del crimen organizado. Son capaces de ir contra las garantías del debido proceso y contra los principios básicos del Derecho, si su afán es servir a los poderes no establecidos legalmente.”

CASOS PARADIGMÁTICOS: LA MASACRE DE PANZÓS

Como una demostración de todo esto, en el evento ecuménico, además de resaltarse el nuevo zarpazo de la impunidad en el caso Myrna Mack, se recordaron otros cinco casos paradigmáticos en Guatemala, como un homenaje a las comunidades que continúan luchando porque se haga justicia. El primero, la masacre de Panzós, en la que casi un centenar de campesinos q’eqchi’es fueron asesinados por el ejército, crimen del que se cumplían veinticinco años el 29 de mayo. En 1997, las viudas de muchos de los asesinados presentaron la demanda judicial, que aún permanece archivada.

El 29 de mayo de 1978, casi un centenar de campesinos q’eqchi’es llegaron al pueblo de Panzós demandando solución a los robos de sus tierras y al maltrato y explotación que padecían en las fincas de la zona. El alcalde de Panzós los convocó para una reunión, y cuando los campesinos colmaban la plaza, fueron ametrallados por miembros del Ejército, apostados en los techos de la alcaldía y de la iglesia. Según un testigo, un militar aseveró: “¡Si tierras quieren, las van a tener en el cementerio!”. El fuego asesino se prolongó durante cinco interminables minutos.

El Ejército cerró las principales calles, mientras los indígenas huían despavoridos, perseguidos por las balas. El informe de la CEH pudo documentar la muerte de 53 personas.

COMUNIDADES DESAPARECIDAS DEL MAPA

Esta masacre no fue un hecho fortuito. Fue planificada por las autoridades municipales, los militares y los finqueros, todos ellos plenamente identificados con nombres y apellidos desde entonces y durante estos veinticinco años. El informe de la CEH consideró este caso “ilustrativo de la influencia que ejerció el sector de propietarios agrícolas en la utilización del aparato del Estado, para que resolviera en su beneficio conflictos sobre tenencia de la tierra, aplicando la violencia armada contra campesinos pobres e involucrando al Ejército en la problemática agrícola”.

En la época en la que sucedió la masacre de Panzós había progresado la capacidad de organización de los campesinos, lo que preocupó al sector finquero. Después de la masacre, el ejército incrementó la represión selectiva contra los líderes comunitarios que reivindicaban tierras y también contra sacerdotes mayas en el Valle Polochic. Entre 1978 y 1982 y en esta zona, la CEH contabilizó, entre personas desaparecidas y ejecutadas extrajudicialmente por los soldados, comisionados militares y patrulleros de la autodefensa civil, a 310 víctimas. A diario, flotaban cadáveres de indígenas en las aguas del río Polochic.

Miles de campesinos huyeron hacia las montañas y comunidades completas desaparecieron del mapa. La represión aterrorizó e inmovilizó a la población de Panzós. Las peticiones de tierras disminuyeron. Y desde 1978 y hasta 1996 no volvió a realizarse ninguna manifestación pública en esta zona.

EL ASESINATO DEL PADRE HERMÓGENES

También fue recordado en el acto, como otro caso emblemático que permanece en la impunidad, el asesinato, apenas un mes después, el 30 de junio de 1978, del sacerdote Hermógenes López, cuando regresaba de asistir a un enfermo en San José Pinula. Hermógenes se había distinguido por defender la dignidad del pueblo pobre en su parroquia y por oponerse a la arbitraria e ilegal “agarrada de jóvenes” para el cuartel militar. Apoyó también a los campesinos de su región en la defensa del derecho al agua de los ríos, que se pretendía desviar, lo que lo llevó a enfrentarse con la Compañía de Aguas, S.A. y con los finqueros de la zona. Fue asesinado al día siguiente de publicar una carta abierta al entonces Presidente de Guatemala, Romeo Lucas García, en donde pedía la supresión del ejército de Guatemala.

LA MASACRE DE LAS DOS ERRES Y LA MASACRE DE RÍO NEGRO

Otro crimen impune recordado este día fue la masacre de Las dos Erres. Del 5 al 8 de diciembre de 1982, durante el gobierno de facto del General Efraín Ríos Montt -quien ha anunciado su candidatura presidencial para las elecciones de noviembre-, y al inicio de la “política de tierra arrasada”, tropas especiales del ejército, los “kaibiles”, llegaron al parcelamiento de las Dos Erres, en La Libertad, Petén, apresando a los parcelarios junto a sus familias para someterlos a interrogatorios y torturas y a las mujeres y niñas a violaciones sexuales. Después, los asesinaron a todos y los arrojaron a un pozo.

Después de que FAMDEGUA presentó evidencias sobre estos hechos y la declaración de dos testigos como prueba anticipada, el juzgado ordenó en abril de 2000 la detención de 16 militares entre oficiales y subinstructores kaibiles. Hasta la fecha, los sindicados han interpuesto más de 30 recursos de amparo, haciendo un uso abusivo de este recurso, para impedir el desarrollo normal del proceso y cansar a la parte querellante. Reclaman que se les aplique la Ley de Reconciliación Nacional.

También se hizo memoria en el acto de la masacre de Río Negro, comunidad de Rabinal, Baja Verapaz. En 1982, esta comunidad era una de las que estaba resistiéndose al desalojo ordenado por el gobierno del General Lucas García para construir un embalse de la Hidroeléctrica de Pueblo Viejo. El 13 de marzo de 1982, doce miembros del ejército acompañados por quince patrulleros de la Autodefensa Civil entraron en Río Negro. Mientras el ejército vigilaba y cercaba la región, los patrulleros ejecutaron la orden de exterminar a toda la comunidad. Los hombres habían huído. Después de robar todo y de violar a las mujeres, llevaron a la comunidad al cerro de Pacoxom, en donde ejecutaron con saña y alevosía, según el informe de la CEH, a 177 personas: 70 mujeres
y 107 niños y niñas.

El 23 de agosto de 1993 cuatro sobrevivientes denunciaron este horrendo crimen. En julio de 1994 fueron capturados tres de los patrulleros responsables y dio inicio el proceso.
La primera sentencia contra ellos, de pena de muerte, fue emitida en noviembre de 1998. Pero en febrero de 1999 la Sala de Apelación anuló la sentencia y remitió el caso a un nuevo debate. En el segundo debate se confirmó la culpabilidad de los tres patrulleros y se les sentenció a 50 años de cárcel, declarándose abierto el proceso en contra de otros diez patrulleros y del entonces capitán del ejército y hoy coronel retirado, José Antonio Solares, quien comandó el operativo. El 3 de marzo del 2003 se detuvo a dos patrulleros más, contra los cuáles quedó abierto el proceso.

El 14 de mayo fueron capturados otros cuatro patrulleros. Hasta el momento no se ha podido ejecutar la orden de captura, por genocidio y asesinato, contra Solares.

EL CASO DEL OBISPO GERARDI

Monseñor Juan Gerardi fue asesinado en la noche del 26 de abril de 1998, cuando regresaba a su casa parroquial, ubicada a sólo dos cuadras de la casa presidencial. Hacía dos días que había presentado el informe “Guatemala Nunca Mas”, con narraciones de las incontables violaciones a los derechos humanos cometidas durante el conflicto armado.

En este caso, también emblemático, el proceso ha encontrado innumerables obstáculos para poder llegar a la verdad, desde la campaña de desprestigio de la memoria de Gerardi hasta la tergiversación de la investigación realizada por el propio Ministerio Público. Siete testigos han tenido que exiliarse, y un juez, dos fiscales, los equipos del Ministerio Público y de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado han sido amenazados de muerte. La falta de colaboración del Poder Ejecutivo para obtener información ha sido evidente.

En enero del año 2000 fueron capturados cinco personas, sindicadas de haber participado en el crimen: tres militares, un sacerdote y la cocinera de la casa parroquial. El 7 de junio de 2001, después de tres meses de juicio oral y público, los tres militares fueron condenados por el delito de ejecución extrajudicial a treinta años de prisión como autores del crimen y el sacerdote a veinte años por complicidad, quedando absuelta la señora.

La sentencia fue apelada y la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones decidió anular todo lo actuado y ordenar el reenvío del proceso al tribunal de sentencia para repetir un nuevo debate, después que el Ministerio Público y la Iglesia Católica interpusieran recurso de amparo. La Corte Suprema de Justicia otorgó el amparo y mandó a suspender en forma definitiva la sentencia dictada por la Sala de Apelaciones, tribunal que ha recibido muchas críticas por su parcialidad en los casos políticos, como se volvió a comprobar en el caso de Myrnal Mack.

Tras la anulación, uno de los testigos del caso fue asesinado el 19 de diciembre del 2002. Y en un motín de reos ocurrido en la cárcel preventiva Pavoncito fue asesinado uno de los militares responsables del asesinato, el sargento Obdulio Villanueva. A partir de este incidente, los otros dos militares responsables del asesinato fueron trasladados a la cárcel del Boquerón, en Jutiapa, donde son ellos los únicos prisioneros. La sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia fue apelada y el caso está ahora pendiente de resolución en la Corte de Constitucionalidad, que está actuando con un notable retraso.

INOPERANCIA Y DEBILIDAD PESE A LOS AVANCES

Lo ocurrido en el caso Myrna Mack, al igual que lo sucedido en estos otros cinco casos paradigmáticos, y en otros muchísimos casos que ni siquiera han podido ser ventilados en los tribunales, exponen la magnitud de la debilidad y la inoperancia de los órganos judiciales nacionales. Hay pruebas a diario. Los casos de violación de derechos humanos quedan entrampados en el Ministerio Público o en las primeras fases del proceso penal. Los dirigentes del crimen organizado burlan a la justicia y sólo quedan expuestos al poder punitivo los eslabones más débiles de la cadena criminal. Las denuncias por corrupción se estancan porque las estructuras del Estado protegen a quienes se enriquecen a su sombra.

El comportamiento institucional del sistema de administración de justicia sigue respondiendo a los parámetros impuestos desde la época del conflicto armado interno. Su inoperancia agrava los conflictos sociales y fomenta la violencia entre la población insatisfecha, como lo ejemplifican los continuos casos de linchamientos y otras manifestaciones en que la gente decide “hacer justicia” por su propia mano.

Pese a los avances alcanzados en los últimos años, la realidad diaria muestra que aún están intactas las estructuras que fomentan la impunidad y la corrupción en el Poder Judicial, que los cambios son de forma y no de fondo, y que la debilidad y la inoperancia siguen siendo las características más sólidas y permanentes del sistema.

El acceso a la justicia también le sigue siendo negado a la población por un sistema que se opone a ampliar sus horizontes hacia el derecho indígena y hacia los mecanismos alternativos para solucionar los conflictos, mientras que los procesos de reforma institucional que en el mediano y largo plazo podrían dotar a la sociedad guatemalteca de un mejor servicio público de justicia permanecen estancados.

LA IMPUNIDAD ALIMENTA LA INDIGNACIÓN

El impacto causado por la sentencia absolutoria en el caso Myrna Mack ha alimentado la indignación social ante la impunidad. En este caso, las claves de esperanza que se pueden rescatar están en la persistencia, la tenacidad y la capacidad de sobreponerse a la adversidad que han demostrado a lo largo de todos estos años su familia y quienes han llevado este caso hasta donde hoy está. Por esto, el caso Myrna Mack no ha traído a Guatemala sólo desaliento. Muestra un camino. Y al desnudar al sistema de justicia y poner en evidencia una parte, tan sólo una parte, del horror que sufrieron miles de familias guatemaltecas, impulsa a la acción.

Como expresión de esta tenacidad, Helen Mack presentó el recurso de casación para que la batalla judicial continúe por las vías legales, en la esperanza de que la Corte Suprema enmiende la aberración jurídica que representa la sentencia de absolución de la Corte de Apelaciones.

“NO GUARDEMOS SILENCIO, NO NOS ATEMORICEMOS”

Queda claro que serán necesarias múltiples acciones para enfrentar tan grave problema, de nuevo revelado en este caso. Al concluir su intervención en el evento ecuménico, Helen Mack sintetizó así las convicciones que deben alimentar las acciones de la sociedad guatemalteca: “La lucha por la justicia debe ser integral. Esta demanda no interesa solamente a quienes tenemos casos judiciales contra militares. Interesa también a quienes han sufrido secuestros, a la sociedad que es víctima de la narcoactividad y del crimen organizado. Interesa a la sociedad en general, que sufre a diario por la inoperancia de los órganos judiciales.”

Fue precisa Helen Mack: “Debemos tener claridad sobre otra situación: las autoridades judiciales, fiscales y policiales no están satisfechas por la presión de nuestra demanda. Es obvio que no les agrada estar expuestos al escrutinio de la opinión pública. Por eso, cuando pretendan llamarnos al orden porque consideran que nuestras críticas presuntamente afectan a la independencia judicial, no nos atemoricemos. Nosotros, más que ellos mismos, estamos sólidamente a favor de la independencia judicial y de la autonomía de los fiscales. No limitemos nuestro derecho a expresar libremente nuestras opiniones. Usemos los recursos legales establecidos para hacer valer nuestros derechos, pero también sintámonos libres para expresar públicamente nuestras ideas y opiniones”.

“Debe quedar claro que no deseamos, de manera irracional, sentencias a nuestro sabor y antojo. Demandamos investigaciones, procesos judiciales y sentencias que respondan a los principios básicos de la legalidad, la independencia y la autonomía de las instituciones competentes. Por eso, no podemos guardar silencio cuando los operadores de justicia actúan contra los principios del Estado de Derecho y contra la legalidad. Si violan las leyes y la Constitución, debemos denunciarlos”.

“ME ES DIFÍCIL HABLAR DE ESPERANZA”

Dijo también Helen Mack: “Creo que es el momento preciso para ir más allá en nuestras actitudes. Durante años, hemos dado al sistema de justicia la oportunidad de afianzarse al marco de la legalidad y la independencia. Hemos denunciado los comportamientos de jueces, fiscales o magistrados que riñen con la ética y la ley. Ahora, vayamos más allá de la denuncia. Formulemos también procesos legales contra quienes retuercen el ordenamiento jurídico del país para atender intereses militares, políticos, económicos o criminales. Ya hemos aprendido cómo es la impunidad y cómo funciona. Ahora nos corresponde reclamar la deducción de responsabilidades penales a quienes le hacen el juego a la impunidad y las diferentes formas de la denegación de justicia”.

“Para mí, en lo personal, después de haber afrontado la absolución de quienes ordenaron el asesinato de mi hermana, es difícil hablar de esperanza. Pero, al igual que lo han hecho ustedes, debo buscar la recuperación personal y redoblar esfuerzos porque la lucha no ha terminado”.

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