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Universidad Centroamericana - UCA  
  Número 75 | Septiembre 1987

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Centroamérica

Los acuerdos de Esquipulas II y el Plan Reagan

Texto íntegro del Acuerdo de Esquipulas II firmado por los cinco mandatarios centroamericanos

Equipo Envío

"Los presidentes de las repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, reunidos en la Ciudad de Guatemala el 6 y 7 de agosto de 1987, alentadas por la visionaria y permanente voluntad de Contadora y el Grupo de Apoyo en favor de la paz, robustecidos por el apoyo constante de todos los gobernantes y pueblos del mundo, de sus principales organizaciones internacionales y en especial de la Comunidad Económica Europea (CEE) y de su Santidad Juan Pablo II, inspirados en Esquipulas I y juntos en Guatemala para dialogar en torno al Plan de Paz presentado por el gobierno de Costa Rica, hemos acordado: asumir plenamente el reto histórico de forjar un destino de paz para Centroamérica; comprometernos a luchar por la paz y erradicar la guerra; hacer prevalecer el diálogo sobre los rencores; dedicar a las juventudes de América Central, cuyas legítimas inspiraciones de paz y justicia social, de libertad y reconciliación han sido frustradas durante muchas generaciones estos esfuerzos de paz; colocar al Parlamento Centroamericano como símbolo de libertad e independencia de la reconciliación a que aspiramos a Centroamérica.

Pedimos respeto y ayuda a la comunidad internacional para nuestros esfuerzos; tenemos caminos centroamericanos para la paz y el desarrollo pero necesitamos ayuda para hacerlos realidad. Pedimos un trato internacional que garantice el desarrollo para que la paz que buscamos sea duradera. Reiteramos con firmeza que paz y desarrollo son inseparables.

Agradecemos al presidente Vinicio Cerezo Arévalo y al noble pueblo de guatemala haber sido la casa de esta reunión; la generosidad del mandatario y el pueblo guatemalteco resultaron decisivos para el clima en que se adoptaron los acuerdos de paz.

A continuación el texto del Acuerdo firmado por los cinco mandatarios:

PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER LA PAZ FIRME Y DURADERA EN CENTROAMERICA

Los gobiernos de las repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, empeñados en alcanzar los objetivos y desarrollar los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la Organización de los Estados Americanos, el Documento de Objetivos, el Mensaje de Caraballeda para la paz, la seguridad y democracia en América Central; la Declaración de Guatemala; el Comunicado de Punta de Este; el Mensaje de Panamá; la Declaración de Esquipulas y el Proyecto de Acta de Contadora para la paz y la cooperación en Centroamérica del 6 de julio de 1986, han convenido en el siguiente procedimiento para establecer la paz firme y duradera en Centroamérica.

RECONCILIACION NACIONAL

DIALOGO

Para realizar urgentemente en aquellos casos donde se han producido profundas divisiones dentro de la sociedad acciones de reconciliación nacional que permitan la participación popular con garantía plena, en auténticos proceso políticos de carácter democráticos, sobre base de justicia, libertad y democracia y para tal efecto crear los mecanismos que permitan de acuerdo con la ley, el diálogo con los grupos opositores. A este fin, los gobiernos correspondientes iniciarán el diálogo con todos los grupos desarmados de oposición política interna y con aquellos que se hayan acogido a la amnistía.

AMNISTÍA

En cada país centroamericano, salvo en aquellos en donde la Comisión Internacional de Verificación y Seguimiento determine que no es necesario, se emitirán decretos de amnistía que deberán establecer todas las disposiciones que garanticen la inviolabilidad de la vida, la libertad en todas sus formas, los bienes materiales y la seguridad de las personas a quienes sean aplicables dichos decretos. Simultáneamente a la emisión de los decretos de amnistía, las fuerzas irregulares del respectivo país deberán poner en libertad a todas aquellas personas que se encuentren en su poder.

COMISION NACIONAL DE RECONCILIACION

Para la verificación del cumplimiento de los compromisos que los cinco gobiernos centroamericanos contraen con la firma del presente documento, en materia de amnistía, cese del fuego, democratización y elecciones libres, se creará una Comisión Nacional de Reconciliación, que tendrá las funciones de constatar la vigencia real del proceso de reconciliación nacional, así como el respeto irrestricto de todos los derechos civiles y políticos de los ciudadanos centroamericanos garantizados en este mismo documento. La Comisión Nacional de Reconciliación estará integrada por un delegado propietario y un suplente del Poder Ejecutivo, un titular y un suplente sugerido por la Conferencia Episcopal y escogido por el gobierno de una terna de obispos que deberá ser presentada dentro del plazo de quince días después de recibida la invitación formal. Esta invitación la formularán los gobiernos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma de este documento.

El mismo procedimiento de terna se utilizará para la selección de un titular y un suplente inscritos; la terna deberá ser presentada en el mismo plazo anterior.

Cada gobierno centroamericano escogerá además para integrar dicha comisión a un ciudadano notable que no pertenezca ni al gobierno ni al partido de gobierno y a su respectivo suplente.

El acuerdo-decreto en que se integre la respectiva Comisión Nacional será comunicado de inmediato a los otros gobiernos centroamericanos.

EXHORTACION AL CESE DE HOSTILIDADES

Los gobiernos hacen una exhortación vehemente para que en los Estados del área sufren la acción de grupos irregulares o insurgentes se concierte el cese de las hostilidades. Los gobiernos de dichos Estados se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para lograr un efectivo cese del fuego dentro del marco constitucional.

DEMOCRATIZACION

Los gobiernos se comprometen a impulsar un auténtico proceso democrático, pluralista y participativo, que implique la promoción de la justicia social, el respeto de los derechos humanos, la soberanía, la integridad territorial de los Estados y el derecho de todas lasa naciones a determinar libremente y sin injerencias externas de ninguna clase su modelo económico-político y social, y realizaran de manera verificable las medidas conducentes al establecimiento y en su caso, el perfeccionamiento de sistemas democráticos representativos y pluralistas que garanticen la organización popular en la toma de decisiones y aseguren el libre acceso de las diversas corrientes de opinión a procesos electorales honestos y periódicos fundados en la plena observancia de los derechos ciudadanos.

Para efectos de verificar la buena fe en el desarrollo de este proceso de democratización se entenderá que deberá existir completa libertad para la televisión, radio y prensa. Esta completa libertad comprenderá la de abrir y mantener en funcionamiento medios de comunicación para todos los grupos ideológicos y para operar esos medios sin sujeción a censura previa.

Deberá manifestarse el pluralismo políticos partidista total; las agrupaciones políticas tendrán en este aspecto, amplio acceso a los medios de comunicación, pleno disfrute de los derechos de asociación y de las facultades de realizar manifestaciones públicas en el ejercicio irrestricto de la publicidad oral, escrita y televisiva, así como la libre movilidad para los miembros de los partidos políticos en función proselitista.

Asimismo, los gobiernos de Centroamérica que tengan en vigencia el Estados de Excepción, Sitio o Emergencia deberán derogarlo haciendo efectivo el Estado de Derecho, con plena vigencia de todas las garantías constitucionales.

ELECCIONES LIBRES

Creadas las condiciones inherentes a toda democracia, deberán celebrarse elecciones libres, pluralistas y honestas, como expresión conjunta de los Estados centroamericanos para encontrar la reconciliación y la paz duradera para sus pueblos.

Se celebrarán elecciones para la integración del Parlamento Centroamericano, cuya creación se propuso mediante la Declaración de Esquipulas del 25 de mayo de 1986. A los propósitos anteriores, los mandatarios expresaron su voluntad de avanzar en la organización de dicho Parlamento, a cuyo efecto la Comisión Preparatoria del Parlamento Centroamericano deberá concluir sus deliberaciones y entregar a los presidentes centroamericanos el respectivo proyecto del Tratado dentro de 150 días.

Estas elecciones se realizaran simultáneamente en todos los países de América Central, en el primer semestre de 1988, en la fecha en que oportunamente convengan los presidentes de los Estados centroamericanos. Estarán sujetos a la vigilancia de los órganos electorales correspondientes, comprometiéndose los respectivos gobiernos a extender invitación a la Organización de Estados Americanos y a las Naciones Unidas, as como a los gobiernos de terceros Estados, para que envíen observadores que deberán constatar que los procesos electorales se han regido por las estrictas normas de igualdad, de acceso a todos los partidos políticos a los medios de comunicación social, así como por amplias facilidades para que realicen manifestaciones públicas y todo otro tipo de propaganda proselitista.

A efecto de que las elecciones para integrar el Parlamento Centroamericano se celebren dentro del plazo que se señala en este apartado, el Tratado Constitutivo correspondiente deberá ser sometido a la aprobación o ratificación en los cinco países. Luego de efectuadas las elecciones para integrar el Parlamento Centroamericano deberá realizarse en cada país, con observadores internacionales e iguales garantías, dentro de los plazos establecidos y los calendarios que deberán proponerse de acuerdo a las actuales Constituciones Políticas, elecciones igualmente libres y democráticas para el nombramiento de representantes populares en los Municipios, los Congresos y Asambleas Legislativas y la Presidencia de la República.

NO USO DEL TERRITORIO PARA AGREDIR A OTROS ESTADOS

Los 5 pases que suscriben este documento, reiteran su compromiso de impedir el uso de su propio territorio, y no prestar ni permitir apoyo militar, logísticos a personas, organizaciones o grupos que intenten desestabilizar a los gobiernos de los países de Centroamérica.

NEGOCIACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD, VERIFICACION, CONTROL Y
LIMITACION DE ARMAMENTO

Los gobiernos de los 5 Estados centroamericanos, con la participación del Grupo de Contadora, en ejercicio de su posición mediadora, proseguirán las negociaciones sobre los puntos pendientes de acuerdo en materia de seguridad, verificación y control, en el Proyecto de Acta de Contadora para la Paz y la Cooperación en Centroamérica.

Estas negociaciones abarcarán también medidas para el desarme de las fuerzas irregulares, que estén dispuestas a acogerse a los Decretos de Amnistía.

REFUGIADOS Y DESPLAZADOS

Los gobiernos centroamericanos se comprometen a atender con sentido de urgencia los grupos de refugiados y desplazados que la crisis regional ha provocado, mediante protección y asistencia, especialmente los aspectos de educación, salud, trabajo y seguridad, así como facilitar su repatriación, reasentamiento, reubicación, siempre y cuando sea de carácter voluntario y se manifieste individualmente. También se comprometen a gestionar ante la Comunidad Internacional ayuda para los refugiados y desplazados centroamericanos, tanto en forma directa mediante convenios bilaterales o multilaterales, como por medio del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otros organismos y agencias.

COOPERACION, DEMOCRACIA Y LIBERTAD PARA LA PAZ Y EL DESARROLLO

En el clima de libertad que garantiza la democracia, los países de Centroamérica adoptarán los acuerdos que permitan acelerar el desarrollo para alcanzar sociedades más igualitarias y libres de la miseria. La consolidación de la democracia implica la creación de un sistema de bienestar y justicia económica y social. Para lograr estos objetivos los gobiernos gestionaran conjuntamente un apoyo económico extraordinario de la Comunidad Internacional.

VERIFICACION Y SEGUIMIENTO INTERNACIONAL

COMISION INTERNACIONAL DE VERIFICACION Y SEGUIMIENTO

Se creará una Comisión Internacional de Verificación y Seguimiento conformado por los Secretarios Generales o sus representantes de la Organización de los Estados Americanos y de las Naciones Unidas, así como por los Cancilleres de América Central, de Contadora y del Grupo de Apoyo.

Esta Comisión tendrá las funciones de Verificación y Seguimiento del cumplimiento de los compromisos contenidos en este documento, respaldo y facilidades a los mecanismos de reconciliación y de verificación y seguimiento.

Con el objeto de fortalecer la gestión de la Comisión Internacional de Verificación y Seguimiento, los gobiernos de los cinco Estados Centroamericanos emitirán declaraciones de respaldo a su labor. A estas declaraciones podrán adherirse todas las naciones interesadas en promover la causa de la libertad, de la democracia, y de la paz en Centroamérica.

Los cinco gobiernos brindarán todas las facilidades necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones de verificación y seguimiento de la Comisión Nacional de Reconciliación de cada país y de la Comisión Internacional de Verificación y Seguimiento.

CALENDARIO DE EJECUCION DE COMPROMISOS

Dentro del plazo de 15 días, a partir de la firma de este documento, los cancilleres de Centroamérica se reunirán en calidad de Comisión Ejecutiva para reglamentar, impulsar y viabilizar el cumplimiento de los acuerdos contenidos en el presente documento y organizar las comisiones de trabajo para que a partir de esta fecha se inicien los procesos que conduzcan al cumplimiento de los compromisos contraidos dentro de los plazos estipulados, por medio de consultas, gestiones, y demás mecanismos que se estimen necesarios.

A los 90 días, contados a partir de la fecha de la firma de este documento, entrarán a regir simultáneamente en forma pública, los compromisos relacionados con amnistía, cese al
fuego, democratización, cese de la ayuda a las fuerzas irregulares o a los movimientos insurreccionales y no uso del territorio para invadir a otros Estados, como se definen en el presente documento.

A los 120 días a partir de la firma de este documento, la Comisión Internacional de Verificación y Seguimiento analizará el proceso del cumplimiento de los acuerdos previstos en el presente documento.

A los 150 días, los cinco presidentes centroamericanos, se reunirán y recibirán un informe de la Comisión Internacional de Verificación y Seguimiento y tomarán las decisiones pertinentes.

DISPOSICIONES FINALES

Los puntos comprendidos en este documento forman un todo armónico e indivisible; su firma entraña la obligación aceptada de buena fe, de cumplir simultáneamente lo acordado en los plazos establecidos.

Los presidentes de los cinco Estados de América Central, con la voluntad política de responder a los anhelos de paz de nuestros pueblos, lo suscribimos en la Ciudad de Guatemala, a los siete días del mes de agosto de 1987.

Oscar Arias Sánchez
José Napoleón Duarte
Vinicio Cerezo Arévalo
José Azcona Hoyo
Daniel Ortega Saavedra


El Plan Reagan

"Reconociendo que los presidentes centroamericanos están a punto de reunirse para debatir las cuestiones pertinentes y buscar una solución pacifica a los problemas de Centro América, los Estados Unidos desean dar a conocer sus puntos de vista en torno a algunos de los elementos básicos que es necesario incluir.

Con respecto a Nicaragua, los Estados Unidos tienen tres motivos legítimos de inquietud por el bienestar del hemisferio:

1.- Que no haya bases soviéticas, cubanas o bloque comunista establecidas en Nicaragua que puedan plantear una amenaza para los Estados Unidos y los otros gobiernos democráticos del hemisferio.

2.- Que Nicaragua no plantee una amenaza militar para sus países vecinos ni constituya una plataforma para la subversión o la desestabilización de los gobiernos del hemisferio.

3.- Que el gobierno nicaragüense respete los derechos humanos fundamentales de su pueblo, incluidos los derechos políticos garantizados en la constitución nicaragüense y las promesa hechas a la OEA -libertad de palabra, libertad de prensa, libertad de religión y un sistema regularmente establecido de elecciones libres y ordenadas-.

Aparte de esto, los Estados Unidos no tienen derecho a determinar o influir en la identidad de los dirigentes de Nicaragua ni el sistema socioeconómico del país. El pueblo de Nicaragua tiene plenos derechos sobre estas cuestiones. Los Estados Unidos afirman su apoyo al derecho del pueblo nicaragüense a la autodeterminación pacífica y democrática, libre de intervención extranjera de cualquier procedencia.

Para lograr el fin inmediato de las hostilidades y comenzar un proceso de reconciliación, proponemos lo siguiente:

1.- Tan pronto como sea posible se debe negociar un inmediato alto al fuego in situ en términos aceptables a las partes interesadas, sujeto a la verificación de la OEA o de un grupo internacional de observadores. Una vez establecido el alto al fuego, los Estados Unidos suspenderán inmediatamente toda ayuda militar a la contra y Nicaragua simultáneamente, dejará de recibir ayuda militar a Cuba, la Unión Soviética y países del bloque comunista. Se podrá prestar ayuda humanitaria a ambos grupos. Se suspenderá inmediatamente la ley de emergencia y se restaurarán todos los derechos y libertades civiles, y se establecerá una comisión electoral convenida, independiente y multipartidista para garantizar la celebración de elecciones regulares abiertas a la libre participación de todos. En un plazo de sesenta días se establecerá un calendario y procedimientos para todas las elecciones, que serán supervisadas y garantizadas por un organismo internacional convenido, tal como la OEA.

2.- La retirada de Nicaragua y de sus vecinos inmediatos del personal y de asesores militares en exceso de las normales y legítimas necesidades de la región, estarán sujeta a negociaciones entre los países de la región. Los Estados Unidos suspenderán las maniobras de combate en Honduras en prueba de buena fe cuando se establezca el alto al fuego.

3.- Después de lo establecido el alto al fuego, comenzarán las negociaciones entre los gobiernos de los Estados Unidos, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua sobre reducciones de ejércitos en pie en la región, retirada de personal militar extranjero, restablecimiento del equilibrio militar regional, garantías de seguridad contra apoyo exterior a fuerzas insurgentes, y disposiciones de verificación y ejecución. Como parte de este proceso de negociación, los Estados Unidos entablarán conversaciones con los gobiernos de Nicaragua, en trono a cuestiones de seguridad. Dentro de sesenta días se negociará un acuerdo regional sobre cuestiones de seguridad, a menos que este plazo se prorrogue por acuerdo mutuo. Se invitará a la OEA a ser signataria y garante de este acuerdo.

4.- Un plan de reconciliación nacional y dialogo entre los ciudadanos de Nicaragua, incluida la amnistía de excombatientes e igualdad de derecho a participar en el proceso político. Debe haber un plan de desmovilización de fuerzas, tanto sandinistas como de la resistencia. Conforme a la puesta en práctica de este plan, los Estados Unidos cesarán, simultáneamente, todo reabastecimiento de las fuerzas de resistencia. El gobierno de los Estados Unidos y el gobierno de Nicaragua alentarán y apoyarán la reintegración de las fuerzas desmovilizadas en la sociedad civil y política nicaragüense en términos que garanticen su seguridad. En ese momento, Nicaragua podrá aspirar a participar en programas vigentes y previstos de asistencia de los Estados Unidos.

5.- Un plan de comercio ampliado y de ayuda económica a largo plazo para los gobiernos democráticos de Centro América en el que pudiera participar Nicaragua. Merced al proceso de democratización y cumplimiento de los acuerdos regionales de no agresión, Nicaragua podría aspirar a participar en la iniciativa de la Cuenca del Caribe y los Estados Unidos levantarían su embargo internacional.

6.- El proceso de negociación comenzará inmediatamente y finalizará para el 30 de septiembre de 1987. Si la resistencia nicaragüense o las fuerzas bajo su mando rehusaran participar en este profeso de negociación, entorpecieran deliberadamente su progreso o violaran sus términos, los Estados Unidos suspenderían inmediatamente toda ayuda a la resistencia. Si, debido a medidas adoptadas por el gobierno de Nicaragua o las fuerzas bajo su mando, el proceso de negociación no prosperase, o sus términos, condiciones y plazos no se cumplieran, las partes en estos compromisos estarían en libertad de emprender las acciones que consideren necesarias para proteger su interés nacional.

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