Envío Digital
 
Universidad Centroamericana - UCA  
  Número 376 | Julio 2013

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Guatemala

El juicio contra Ríos Montt: un hito histórico

Efraín Ríos Montt fue condenado por genocidio el 10 de mayo. Días después, con argumentos falaces, la Corte de Constitucionalidad declaró anulado el juicio. Pase lo que pase jurídicamente a partir de ahora, Guatemala vivió en este juicio un hito trascendental en su historia, el pueblo ixil mostró ante el mundo sus sufrimientos, el mundo conoció de una Fiscal y de dos juezas y un juez valientes y honestos y el racismo estructural de este país quedó evidenciado una vez más.

Juan Hernández Pico, SJ

El 10 de mayo el Tribunal Primero A de Mayor Riesgo (Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente), presidido por la Juez Jazmín Barrios, sentenció al General en retiro José Efraín Ríos Montt a 50 años de prisión inconmutable por la matanza, durante su período de Jefe de Estado (1982-83), de 1,771 indígenas ixiles, calificada como genocidio; y a otros 30 años de prisión igualmente inconmutable por “delitos contra deberes de la humanidad”, lo que en la formulación internacional conocemos como “crímenes de lesa humanidad”: tortura, desaparición forzada y otros delitos, que son imprescriptibles según el derecho interno guatemalteco y los tratados internacionales suscritos por Guatemala (Decreto 145/1996, Ley de Reconciliación Nacional). El Tribunal absolvió, por duda razonable de su culpabilidad, al general retirado Mauricio Rodríguez Sánchez, que en el mismo período era Jefe de Inteligencia del Ejército.

El Tribunal estuvo conformado también por los jueces Pablo Xitumul y Patricia Escobar, tres personas bajo distintas amenazas contra su vida, honestas y valientes. La juez Jazmín Barrios había formado parte del Tribunal que en 1999 sentenció y condenó a 20 años de prisión como cómplices a los cuatro acusados en el juicio por el asesinato del obispo Juan Gerardi: al coronel en retiro Byron Disrael Lima Estrada; a su hijo, el capitán del Estado Mayor Presidencial (EMP) Byron Lima Oliva, al especialista del EMP Obdulio Villanueva y al sacerdote Mario Orantes, vicario de la parroquia
de San Sebastián, donde vivía con Gerardi.

LOS PRINCIPALES PÁRRAFOS DE LA SENTENCIA

La sentencia contra Ríos Montt, publicada en las ediciones digitales de los medios nacionales, pudo ser escuchada en directo por Internet. De ella, son éstas las frases principales: “Las acciones violentas realizadas en contra de los ixiles no fueron espontáneas, fueron la concertación de planes elaborados… Consideramos que el acusado José Efraín Ríos Montt tuvo conocimiento de lo que estaba ocurriendo y no lo detuvo… Es ilógico que el Jefe de Estado José Efraín Ríos Montt desconociera lo que ocurría en las aldeas del Quiché, pues los testigos indicaban que sobrevolaban aeronaves en el área… Los juzgadores consideramos que la conducta del acusado Ríos Montt encuadra en el delito de genocidio en calidad de autor, por lo que debe imponerse la pena correspondiente… Imponemos la pena de 50 años de prisión inconmutable… En cuanto a los delitos de deberes contra la humanidad, consideramos que Ríos Montt permitió la aplicación de tratos inhumanos a la población… Imponemos la pena de 30 años de prisión inconmutable”.

En total, Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión, si bien al Tribunal le quedó claro que, dados sus 86 años, la condena equivalía a una prisión de por vida.

UN HITO HISTÓRICO

Es absolutamente impresionante que en un país como Guatemala haya podido realizarse este juicio y que haya terminado con esta sentencia. Es un hito mayor en la historia de la justicia en Guatemala.

Se completaban así 16 años desde la introducción en los tribunales guatemaltecos de la denuncia presentada por la Asociación por la Justicia y la Reconciliación (AJR) de los familiares de víctimas, apoyados por el Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos de Guatemala (CALDH). En aquel momento lo dirigía Frank La Rue, distinguido abogado que formó parte de la Comisión Internacional de la URNG durante el conflicto armado interno y que en 2004 fue nombrado por el entonces presidente de la República Óscar Berger para dirigir la Comisión Presidencial de Derechos Humanos (COPREDHE). Hoy es relator especial de la ONU para la Libertad de Expresión. La denuncia contra Ríos Montt se había presentado también en 1999 ante tribunales de España.

¿ESTÁ VIGENTE LA SENTENCIA?

La sentencia paradigmática del 10 de mayo fue llevada a la Corte de Constitucionalidad por medio de un “ocurso de queja” por perjuicio a los derechos constitucionales de Ríos Montt con supuesta base en incumplimientos del debido proceso, a pesar de que en la Sala III de la Corte de Apelación se había dictado ya una decisión provisional asegurando
que el Tribunal Primero A de Mayor Riesgo había cumplido con sus mandatos de garantizar esos derechos.

Con una decisión cantada políticamente, el 20 de mayo la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, por mayoría de 3 votos contra 2, mandó a la Sala III de la Corte de Apelaciones a anular la sentencia de 80 años de prisión inconmutable dictada contra Ríos Montt diez días antes.

¿Significa esto que se ha derrumbado todo lo actuado por el Tribunal de Primera Instancia que condenó a Ríos Montt? Según una opinión autorizada, la sentencia no se encuentra vigente, puesto que la Corte de Constitucionalidad ha ordenado a la Sala III de la Corte de Apelaciones retrotraer el juicio al día 19 de abril, día en que el Tribunal no dio curso a una recusación que uno de los abogados defensores de Ríos Montt hizo contra los jueces del Tribunal que lo juzgaba.

Las resoluciones dictadas por la Corte de Constitucionalidad son inapelables y únicamente posibilitan el uso de remedios procesales: los que solicitan la ampliación y/o aclaración de aspectos sobre los que no se haya resuelto o que no hayan quedado claros. Una de esas peticiones de aclaración ya fue resuelta por la mayoría de la Corte de Constitucionalidad.

Según otra opinión, también autorizada, la sentencia del 10 de mayo del Tribunal de Primera Instancia se encuentra vigente porque la Sala III de la Corte de Apelaciones no ha resuelto en forma definitiva el amparo presentado por el abogado de Ríos Montt por parcialidad de los jueces.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA

La dificultad de un profano para entender el lenguaje judicial de la Corte de Constitucionalidad indica con suficiente claridad -valga la paradoja- que la sentencia de anulación no se emitió honestamente conforme a derecho.

No pocos abogados me han comentado que el abogado elegido por Ríos Montt como abogado de confianza para su defensa, Francisco García Gudiel, debía haberse negado a ser elegido precisamente por los mismos motivos por los que intentó recusar a dos de los jueces del Tribunal de Primera Instancia cuando el juicio oral ya había comenzado. Alegó García Gudiel en su recusación que mantenía con uno de los jueces relaciones de amistad y con otro, de hostilidad. Si era así, como dijo, el código ético de su profesión le impedía aceptar la defensa de Ríos Montt.

Nada de la conducta de los abogados defensores en este juicio ha sido honesto. Nunca han intentado negar la responsabilidad de su defendido en los crímenes atroces que se le imputaban. Comprendían que negarla habría sido equivalente a presentar al general Jefe de Estado en el período de los hechos como un fantoche, totalmente ajeno a la línea de comando de la estrategia político-militar que seguían los Jefes del Ejército y de los Cuerpos de Seguridad.

Lo único que hicieron los abogados defensores fue intentar interrumpir el proceso una y otra vez, incluso abandonando el Tribunal contra la voluntad de los jueces, y tratando de defender a su acusado argumentando con la vigencia de la Ley de Amnistía promulgada en 1985 por el Jefe de Estado general Óscar Humberto Mejía Víctores -también golpista-, olvidando que la Ley Penal Internacional da al genocidio y a los crímenes de lesa humanidad la calificación de imprescriptibles y, por ello, no amnistiables, lo que ratificó en Guatemala la Ley de Reconciliación de 1996, que nunca fue una “ley de punto final” para poner fin al conflicto armado interno sin exigir judicialmente responsabilidades.

El propio Ríos Montt siguió la estrategia de sus defensores. El último día del debate oral, -cuando ya no se le podía preguntar nada- declaró que era inocente de los crímenes que se le imputaban y que la responsabilidad por ellos recaía en los oficiales de campo. Eligió así declararse un Jefe de Estado “de paja”, declaración increíble en quien instituyó los tribunales con jueces sin rostro, en quien rehusó la petición de Juan Pablo Segundo de perdonar a los condenados en esos tribunales y antes de la visita papal a Guatemala los mandó a ejecutar, en quien envió a las aldeas indígenas a su representante Harris Whitbeck para presentarle a los indígenas la estrategia “Fusiles y frijoles” y, después la otra: “Techo, tortilla y trabajo”.

LAS VÍCTIMAS QUEDAN DESPROTEGIDAS

La actuación de la Corte de Constitucionalidad al anular el juicio ha sido denunciada por los dos magistrados que votaron en contra en la Corte: Gloria Porras Escobar y Mauro Chacón Corado.

La magistrada Porras Escobar afirma que la sentencia del Tribunal que condenó a Ríos Montt es congruente con el artículo 2 de la Constitución de Guatemala, que garantiza a la ciudadanía justicia y seguridad. Y concluye que la sentencia del Tribunal Constitucional anulando esa sentencia tiene “un efecto devastador para el sistema de justicia ordinaria, pero aún más, para las víctimas que han confiado en dicho sistema, provocando así que sin razón alguna se anulen actuaciones desarrolladas en un proceso legal, luego de haberse cumplido con restaurar los agravios que se pretendían en el proceso de amparo”.

CÓMO ENTORPECER EL JUICIO

El magistrado Chacón Corado señala que el “ocurso de queja” llevado a la Corte de Constitucionalidad “no es más que uno más” de los que se han presentado contra una sentencia ya dictada. Sin calificarlo explícitamente así, señala que lo ocurrido se conoce como “litigio malicioso”: lo que se hace cuando se quiere entorpecer el curso de un juicio con demandas de procedimiento, muchas veces injustificadas.

El hecho más dramático respecto a esta forma de entorpecimiento fue el momento en que todos los abogados defensores de Ríos Montt abandonaron la sala sin atender a la Presidenta del Tribunal, que se los prohibía. Al hacerlo, dejaban sin defensa a Ríos Montt. Su intención era, simplemente, impedir la continuación del juicio hasta que la Corte de Constitucionalidad decidiera sobre uno de los muchos recursos que habían presentado para detener el juicio. Durante todo el proceso la defensa presentó más de 150 recursos y “ocursos” sobre procedimiento, dejando siempre de lado el fondo real del caso: la justicia para las víctimas.

El magistrado Chacón coincide con la magistrada Porras en que el “ocurso” debió haber sido presentado a un organismo judicial de segunda instancia y no a la Corte de Constitucionalidad. Afirma también -con otros muchos abogados- que los abogados defensores de Ríos Montt conocían de antemano la configuración del Tribunal Primero A
de Mayor Riesgo y que, esperando a plantear una recusación hasta el comienzo del juicio, mostraban que su intención era “entorpecer el juicio”. Además, en su demanda de recusación de dos de los jueces nada se fundamentaba en la falta de imparcialidad, sino en relaciones personales de amistad y de enemistad, una prueba más de que se trataba de un “litigio malicioso”.

SÍ HAY “PREOCUPACIÓN INTERNACIONAL”

Siete días después de haber mandado a anular la sentencia condenatoria contra Ríos Montt, la Corte de Constitucionalidad emitió el 27 de mayo una decisión aclaratoria en la que rechazaba la petición del Ministerio Público de poder presentar sus alegatos ante la sentencia de anulación en una sesión pública. Rechazó la petición, fundamentalmente, porque los jueces del Tribunal de Primera Instancia no aceptaron considerar la recusación que de ellos hacía el defensor García Gudiel, demostrando así su parcialidad. También desdeñó la Corte considerar el argumento del eco internacional que había tenido este juicio, argumentando que no se había sabido “de ningún Estado o Asociación de Estados que hayan alegado haber sido dañados” por la sentencia de la Corte de Constitucionalidad. No era así: el 24 de mayo la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Navi Pillay, expresó su preocupación por la anulación de la condena a Ríos Montt por el efecto que eso puede tener para las víctimas. Uno de los más insistentes reclamos de la extrema derecha guatemalteca ha sido, precisamente, que no se aceptara “la intromisión extranjera” en el juicio.

Después de la decisión aclaratoria de la Corte de Constitucionalidad, la magistrada Porras Escobar y el magistrado Chacón Corado volvieron a disentir. Chacón le recordó a la Corte que la Ley del Organismo Judicial establece que en materia penal “la recusación deberá resolverse antes de iniciado el debate” oral y no en medio de él.

UNA “BOMBA” EN LA SALA

¿Qué ocurrió tras bambalinas para que la Corte de Constitucionalidad actuara como lo hizo el 20 de mayo, con una decisión cantada políticamente?

El 5 de abril explotó una “bomba” en el proceso contra Ríos Montt. Así lo relató “El Periódico” de ese día: “Hugo ocultó su rostro con una gorra, pero su voz fue clara y resonó por toda la sala de vistas de la Corte Suprema de Justicia…
El testigo protegido declaró que los soldados que ejecutaban las masacres en el destacamento de Nebaj, Quiché, recibían órdenes del comandante Tito Arias, sobrenombre de guerra de Otto Pérez Molina, actual Presidente de Guatemala. El testigo, que fue identificado por la fiscalía como Hugo, laboró como mecánico del cuerpo de ingenieros del destacamento militar Nebaj, Quiché, donde presenció las ejecuciones extrajudiciales del Ejército en 1982, año en que el comandante Tito, entonces de 32 años, fungió como jefe de ese centro militar desde julio de 1982 a marzo de 1983. Hugo testificó: “Y ellos, los militares, los soldados, a órdenes del mayor Tito Arias, conocido como don Otto Pérez Molina, el general Quilo Ayuso y comandantes de la Compañía de Ingenieros, coordinaron la quema y el saqueo de la gente, para luego ejecutarla”.

LAS MEMORIAS DE OTTO PÉREZ MOLINA

El martes 17 de abril del año 2001, siendo general del Ejército, Otto Pérez Molina publicó en la página 14, en la sección editorial de “Prensa Libre”, una columna con el título “Memorias: Quiché, 1982”. Se puede leer en la Hemeroteca Nacional.

Escribió en sus memorias que el 2 de julio de 1982 fue destinado a la Fuerza de Tarea Gumarcaj, en el Quiché, que
su destino final era Nebaj, uno de los tres municipios de la zona ixil, y que su trabajo era “comandar las tropas asignadas a esa área de operaciones”. “Permanecí en ese lugar -relata- por más de un año. Ésta era sólo parte de la cruel y triste realidad que vivimos los guatemaltecos durante los años del enfrentamiento armado interno”. “La guerrilla -rememora- estaba muy fuerte y… seguía convencida de que la ‘guerra popular’ prolongada era el camino para alcanzar el poder y para ello era necesario destruir al Ejército, pues representaba el obstáculo que se interponía a sus fines. Asimismo, consideraba como tarea básica el involucramiento de la población civil”.

RÍOS MONTT: ¿UN CHIVO EXPIATORIO?

Es probable que, tanto la cúpula del gobierno actual como los mismos militares veteranos, que nunca quisieron a Ríos Montt, y las grandes fortunas de la oligarquía, que sufrieron bajo el gobierno del FRG (2000-2004) cuando Ríos Montt era su líder y fue presidente del Congreso, asumieran como un “costo de oportunidad” la condena del viejo general de 86 años.

Algunos de esos militares, hoy agrupados en la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala (AVEMILGUA), eran oficiales de menor rango cuando el Ejército impidió con fraude a Ríos Montt -católico entonces- llegar a ser Presidente de Guatemala en 1974, a pesar de haber ganadolas elecciones. Le volvieron a dar golpe en 1983, siendo ya oficiales superiores, porque su uso de la Jefatura del Estado como cátedra de pastoreo evangélico moralizante en la pentecostal Iglesia del Verbo disgustaba ya a no pocos de ellos. Todos los domingos por la noche en hora pico de la televisión “predicaba” Ríos Montt.

En suma, Ríos Montt podría ser el definitivo chivo expiatorio. Sería juzgado y condenado y después la vida seguiría igual… Naturalmente, esto que describo es un escenario posible, incluso probable, aunque no necesariamente es el escenario real con total certeza. Sólo la historia irá desvelando entretelones...

EL PARTEAGUAS DEL PROCESO

El 5 de abril, cuando salió a relucir en el juicio el nombre del actual Presidente de la República cambió el curso previsto del escenario descrito y todas las alarmas se encendieron. En ese momento se puede ubicar el parteaguas del proceso.

Gustavo Porras -antiguo miembro de la URNG y combatiente del EGP en el conflicto armado interno, 14 años después secretario privado del ex-Presidente Álvaro Arzú y co-negociador de los Acuerdos de Paz- encabezó con su nombre el 16 de abril un manifiesto que firmaron también otros connotados y brillantes funcionarios del gobierno de Arzú: el ex-Canciller Eduardo Stein, la ex-Comisionada de la Paz Raquel Zelaya, el ex-Ministro de Gobernación Rodolfo Mendoza, el ex-Ministro de Finanzas Richard Aitkenhead y así, hasta un total de 12 firmas, algunas las de co-negociadores y co-firmantes de los Acuerdos de Paz. Todos los firmantes han sido políticos en algún momento y Porras fue testigo de la defensa en el juicio contra Ríos Montt. Al grupo se le llamó “Los 12 apóstoles”.

“Traicionar la Paz y dividir a Guatemala” es el título del manifiesto, publicado en los medios por “los 12 apóstoles”.
El texto advierte que “la acusación de genocidio en contra de oficiales del Ejército de Guatemala constituye una acusación, no sólo contra los oficiales o contra el Ejército, sino contra el Estado de Guatemala en su conjunto que, de consumarse, implica serios peligros para nuestro país, incluyendo una agudización de la polarización social y política que revertirá la paz hasta ahora alcanzada”. Son afirmaciones gravísimas.

Sin embargo, ya “Guatemala Memoria del Silencio Tz’inil Na ’Tab’al”, el Informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH), señalaba los años que median entre 1981 y 1983 y cuatro territorios del mapa de Guatemala, concluyendo que fueron tiempo y espacio de genocidio. Esos espacios fueron: Maya-Q’anjob’al y Maya-Chuj, en Barillas, Nentón y San Mateo Ixtatán del Norte de Huehuetenango; Maya-Ixil, en Nebaj, Cotzal y Chajul, Quiché; Maya-K’iche’ en Joyabaj, Zacualpa y Chiché, Quiché; y Maya-Achí en Rabinal, Baja Verapaz.

Afirma el CEH: “El Ejército, inspirado en la Doctrina de Seguridad Nacional, definió un concepto de enemigo interno que fue más allá de los combatientes, militantes o simpatizantes de la guerrilla, incluyendo en dicho concepto a los civiles de determinados grupos étnicos. Considerando el conjunto de actos criminales y violaciones de los derechos humanos correspondientes a las regiones y a las épocas señaladas, analizados al efecto de determinar si constituían delito de genocidio, la CEH concluye que la reiteración de actos destructivos dirigidos de forma sistemática contra grupos de la población maya, entre los que se cuenta la eliminación de líderes y actos criminales contra menores que no podían constituir un objetivo militar, pone de manifiesto que el único factor común a todas las víctimas era su pertenencia a un determinado grupo étnico y evidencia que dichos actos fueron cometidos “con la intención de destruir total o parcialmente” a dichos grupos (Artículo II, párrafo primero de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1948 y ratificada por el Estado de Guatemala en el Decreto 704 el 30 de noviembre de 1949)”. La CEH añade que “el caso más notable es el de la región ixil, donde entre el 70% y el 90% de las aldeas fueron arrasadas.”

Los temores expresados en el manifiesto por “los 12 apóstoles” ya los provocó en 1999 la publicación del informe de la CEH, cuando llegó a esta conclusión: “La mayor parte de las violaciones a los derechos humanos se produjo con conocimiento o por orden de las más altas autoridades del Estado… Las responsabilidades de gran parte de estas violaciones alcanzan, en la línea de mando militar y de la responsabilidad política y administrativa, a los más altos grados del Ejército y de los sucesivos Gobiernos”.

“YO NO PODÍA ENTENDERESE ACTUAR”

Resulta un sinsentido que la URNG y el Estado aceptaran al final del conflicto “el establecimiento de una comisión para el esclarecimiento histórico de las violaciones a los derechos humanos y los hechos de violencia que han causado sufrimiento a la población guatemalteca” y encomendaran esa tarea al moderador de las negociaciones de paz nombrado por el Secretario General de la ONU y a otras dos personas, para después desconocer en la práctica el alcance del informe elaborado por esa comisión.

En su libro “Las huellas de Guatemala”, publicado en 2008, el mismo Gustavo Porras afirma que a fines de 1981,
en medio de la masiva insurrección indígena en la región central del altiplano de Guatemala, cuando el Frente Guerrillero Augusto César Sandino (FGACS), en el cual él combatía, estaba, a su juicio, totalmente derrotado, “el Ejército, básicamente, tenía controlada la situación: ya había logrado sus objetivos fundamentales, ya le había quitado el agua al pez. Sin embargo, seguía y seguía matando, arrasando la tierra de una manera cada vez más desproporcionada, y en ese momento yo no podía entender la razón de tal actuar. Un día de diciembre llegamos a la capital. La preocupación general en el EGP… era ver qué se podía hacer para impedir que el Ejército continuara abatiendo a la población”.

UN DOCUMENTO “INOPORTUNO”

El prestigioso sociólogo guatemalteco Edelberto Torres Rivas respondió al comunicado de “los 12 apóstoles” con un texto que recogió el diario digital “Plaza Pública”. Contiene algunas inexactitudes, ya que afirma que “nunca antes se había juzgado a ningún militar de alto rango”. En 1994 fue condenado a 25 años el asesino de la antropóloga Myrna Mack, Noel de Jesús Beteta, sargento del EMP. En 2003 fue condenado en casación por jueces de la Corte Suprema de Justicia a 30 años, como autor intelectual del asesinato de Mack el coronel Juan Valencia Osorio, jefe de inteligencia del EMP, quien es todavía prófugo de la justicia. En 1995 el juicio por la masacre de Xamán no llegó a sentencia. También fueron condenados militares en el asesinato del obispo Gerardi y recibieron condena algunos de los responsables de la masacre de Rabinal en Baja Verapaz y de la masacre de Dos Erres en el Petén. Más grave es la inexactitud al afirmar que sólo el genocidio fue exceptuado de “extinción de responsabilidad penal” en la Ley de Reconciliación, porque lo fueron también la tortura y la desaparición forzada.

Torres Rivas tituló su escrito “Confundir, dividir, traicionar”. Lo reproducimos íntegramente por su importancia: “El primer problema del documento de los doce es su inoportunidad. No se dan cuenta de que en este momento lo más importante en la historia de Guatemala es el juicio penal a dos altos jefes militares a quienes se acusa de genocidio. El hecho es gravísimo por la naturaleza del delito: el genocidio es la expresión mayúscula de la muerte planificada, es la maldad humana a quien la razón lleva de la mano. El acto genocida es una descarga emocional de odio, es una tradición de desprecio y antipatía que justifica la destrucción del otro. En el ámbito de las responsabilidades criminales en Guatemala nunca se había juzgado a ningún militar de alto rango. Hay decenas de soldados sentenciados como si las masacres hubiesen sido planificadas y autorizadas por ellos mismos. El documento de los ex-funcionarios de Arzú no ve bien la realidad, o tal vez por ser doce, tienen un Judas que les redactó un texto breve pero con errores y equivocaciones”.

“EL CAMINO NO ES EL SILENCIO”

Continúa Torres Rivas: “Los Acuerdos de Paz no fueron un pacto entre militares y guerrilleros, sino entre éstos y el Estado. La firma del Acuerdo de Paz Firme y Duradera no buscó reconciliar a militares con guerrilleros, sino avenir a todos los guatemaltecos. ¿Por qué olvida esta necesidad tan importante el documento “Traicionar la Paz”…? El Acuerdo tuvo el propósito de proclamar el fin del conflicto y en el ambiente de paz no abrir las heridas sino restañarlas. Unos días antes, para no ser juzgados por sus múltiples actos criminales, militares y guerrilleros, en un acomodo vituperable, acordaron proponer al Congreso una amplísima amnistía. Así se reconciliaron. Sólo el genocidio quedó afuera. Confundir amnistía con reconciliación es ignorancia o maldad”.

“La conciencia civil del ciudadano medio se ha conmovido en estos días, tratando de comprender por qué se juzga a dos generales y se escuchan los testimonios de gente humilde en su contra. Éste es el inicio de un proceso que debe terminar con los odios y los rencores que nos dividen. Esto toma tiempo en la medida que las culpas se castigan. Fue mucha la ferocidad con la que fueron tratadas miles de mujeres y niños. Los militares cometieron o autorizaron excesos insoportables en el cumplimiento de sus funciones. El camino de la reconciliación no es el silencio, sino conocer la verdad para perdonar u olvidar. Esto lo saben todos, y si no todos, al menos la gente culta y bien informada, como la docena de ciudadanos que firman el documento de nombre marrullero “Traicionar la paz y dividir a Guatemala”.

“Les recordamos que la Fundación contra el Terrorismo (los veteranos) repartió el domingo 14 de abril un documento de veinte páginas cargadas de mentiras en párrafos y en fotos. En el último tiempo no ha habido reacción de la derecha tan llena de odio, tan amenazante como este texto contra la reconciliación y contra la paz, ignorado por los doce ciudadanos que suscriben “Traicionar la paz y dividir a Guatemala”. No queda claro frente a quienes se reclama con ese titular tan artificioso. La izquierda está siendo amenazada por los veteranos, la violencia política viene por allí y las doce figuras ¿del centro político? no se dan cuenta”.

“El debate ha sido intenso pero mal encaminado. ¿En Guatemala hubo genocidio? No lo hubo, dice la derecha, sin aportar ni una sola prueba hasta ahora. ¿Cómo explican los veteranos de la guerra los 280 cadáveres que hasta ahora han sido desenterrados de antiguas bases militares? Afirmamos que si no se puede probar el genocidio, quedará el testimonio de miles de asesinados, torturados, desaparecidos. Las fuerzas de izquierda dicen que sí lo hubo, confundiendo a veces la crueldad de los militares contra los civiles”.

“La ferocidad no califica al genocidio, sino la racionalidad del odio o el rencor contra grupos humanos raciales, religiosos, étnicos. En ese sentido, hubo actos de genocidio en las zonas de Ixcán y de Ixil. ¿Por qué los doce ex-funcionarios no toman posición frente a estos hechos? ¿Creen que el debate sobre el genocidio traiciona la paz y divide a Guatemala? Si como parece así lo creen, los doce apóstoles estarán pronto en las filas de la derecha, de la mano ensangrentada de los veteranos”.

¿NO HUBO GENOCIDIO?

Días después del texto de Torres Rivas, los doce ex-funcionarios del gobierno de Arzú volvieron a publicar otro comunicado. Ya Eduardo Stein, en una entrevista de televisión, había insistido sobre el fondo del nuevo texto. Uno de los puntos del primer comunicado, ubicado hacia el final, lo trasladaron al comienzo del segundo comunicado.
En él plantean con firmeza la necesidad de enjuiciar y condenar los crímenes de lesa humanidad cometidos por el Ejército y las Fuerzas de Seguridad durante el conflicto armado interno, mayoritariamente contra las poblaciones indígenas. Pero mantienen que en Guatemala no hubo genocidio. Lo que rechazan es el genocidio entendido como intención criminal de exterminar a toda una etnia o conjunto de etnias.

El antropólogo y sacerdote jesuita Ricardo Falla ha demostrado en detalle y ante diversas audiencias cómo la definición de genocidio adoptada por la ONU, además de comprender la intención de exterminar a todo un grupo étnico, abarca varios otros crímenes que deben ser considerados como genocidio, algunos de los cuales tienen aplicación en el caso de Guatemala(ver Envío de mayo 2013).

Juzgar como genocidio el arrasamiento de numerosas aldeas en la región ixil -objeto del juicio contra Ríos Montt-
trae a la memoria que el exterminio por los nazis de la ciudad checa de Lídice, en represalia por el asesinato de Reinhard Heydrich, durante la Segunda Guerra Mundial, fue considerado por el Tribunal de Nuremberg como genocidio, aunque la intención no fuera la de exterminar a todo el pueblo checo y aunque el asesinato de Heydrich fuera perpetrado por guerrilleros.

QUEDÓ EN EVIDENCIAEL RACISMO

Actualmente, el juicio contra Ríos Montt está en estado de suspensión. Las dos jueces y el juez que lo sentenciaron se inhibieron en el caso de que se imponga una reanudación del juicio a partir de lo actuado desde el 19 de abril y en adelante. Ya no serían imparciales, pues se conoce su veredicto unánime. Si la Sala III de la Corte de Apelaciones resolviera el amparo de forma definitiva a favor de Ríos Montt, sería otro tribunal de Primera Instancia el que continuara con el caso. Con estos retrasos llegaríamos al año 2014. Pensamos, con la magistrada Porras y del magistrado Chacón, que esta decisión violentaría profundamente la Ley.

La sentencia de anulación de la Corte de Constitucionalidad tiene varios significados. En primer lugar, demuestra la enorme trascendencia de este juicio. Por eso, muy probablemente se seguirán introduciendo amparos para diferir la sentencia contra Ríos Montt por genocidio o para anularla si fuera nuevamente condenatoria. Además, existe ahora, por las declaraciones del ex-kaibil “Hugo” ante el tribunal, la posibilidad de acusar judicialmente al actual Presidente de Guatemala cuando deje de serlo y pierda su inmunidad.

La sentencia de anulación demuestra, sobre todo, el racismo presente en la cultura de las grandes fortunas de Guatemala -incluidas las de los veteranos militares-, en la de otros muchos sectores poderosos e incluso en la de una cierta clase media. Ese racismo es una realidad innegable en la práctica, aunque verbalmente se niega la mayoría de las veces cuando toma el giro de una acusación. Acusar a Ríos Montt de genocidio es implicar a muchas otras personas y grupos que, con su racismo expreso o difuso, hicieron posible esos crímenes. Es mostrar que en ese racismo se apoyó el genocidio. Esto, que es tan grave, es necesario negarlo hoy en Guatemala. No es posible aceptarlo en un mundo que rechaza culturalmente el racismo como uno de las peores manchas sobre el prestigio de una sociedad.

LA DOBLE MORALQUEDÓ EN EVIDENCIA

La reacción de los militares miembros de AVEMILGUA expresa inequívocamente el racismo. Nunca se reconocen responsables de crímenes horrendos. Sólo señalan que en la persona del general Ríos Montt se está condenado a quienes lucharon para defender la Patria del comunismo y contra “el Imperio del Mal”, como Reagan lo llamó.

En esa lucha todo vale. Vale que rechacen la “intromisión extranjera” quienes se apoyaron en militares taiwaneses, argentinos y en el Estado de Israel -clandestinamente, por supuesto- para compensar la retirada de apoyo financiero del Congreso de Estados Unidos. Vale también injuriar y calumniar como “infames” a ciudadanos y ciudadanas que siempre estuvieron al lado de las víctimas por sus convicciones sobre el respeto a los derechos humanos y la necesidad de una Guatemala con justicia. Para estos militares es infame quien quiere que se condene en los tribunales el genocidio y los crímenes de lesa humanidad, pero no son infames los que los perpetraron y obligaron a parte de la población a integrarse a las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) y a acompañar al Ejército en las tareas de arrasamiento. Doble moral en verdad.

Es todavía más grave ver cómo representantes de las empresas privadas agrupadas en el CACIF adoptan la misma actitud y piden a la Corte de Constitucionalidad anular lo juzgado. Tampoco es extraño. En “Guatemala Memoria del Silencio” se concluye que “en vinculación con el enfrentamiento armado, también ciudadanos particulares cometieron hechos de violencia en defensa de intereses propios, instigando estas acciones o participando directamente en ellas. Por lo común, los autores eran personas económicamente poderosas en el ámbito nacional o local”.

“En numerosos casos de violaciones de los derechos humanos cometidos en las zonas rurales -se lee- hubo participación de grandes propietarios agrícolas. Algunas de estas violaciones las perpetraron juntamente con agentes estatales para resolver con violencia conflictos con los campesinos. En otras ocasiones, si bien la ejecución directa estuvo a cargo de agentes o sicarios del Estado, el móvil fue proteger los intereses de dichos propietarios. En el ámbito urbano, variadas violaciones de derechos humanos que afectaron a sindicalistas y asesores laborales, que fueron ejecutadas materialmente por agentes del Estado o personas que actuaron bajo su protección, con su tolerancia
o aquiescencia, derivaron de la estrecha colaboración entre poderosos empresarios y las Fuerzas de Seguridad; fueron cometidas para la protección de los intereses empresariales, en concordancia con políticas gubernamentales abiertamente antisindicales”.

EL MUNDO LO HA SABIDO

Suceda lo que suceda jurídicamente, el juicio contra Ríos Montt consiguió ya lo más importante y valioso: el mundo ha conocido los testimonios directos del inmenso sufrimiento infligido a las víctimas de ese racismo durante los años del conflicto armado interno: desapariciones forzosas, aldeas enteras incendiadas con sus habitantes encerrados en sus casas o en edificios comunales, vientres de madres embarazadas abiertos para extraer a sus criaturas, niños de meses o de menos de dos años estrellados contra paredes o árboles para matar “la semilla” del pueblo ixil -y la de otros pueblos indígenas- y así ahorrar municiones… y otros horrores inaceptables en seres humanos.

El mundo ha sabido también de la existencia en Guatemala de una Fiscal General de la República, Claudia Paz y Paz, que ha promovido el proceso, de varios fiscales honestos que han llevado adelante la acusación y de tres miembros de la judicatura que, a pesar de amenazas y de improperios públicos, han sido capaces de mantenerse firmes hasta el final y de pronunciar un veredicto trascendental.

Por todo esto, no importa tanto ya que todo lo actuado sea anulado, obstruido, y finalmente no ratificado por las Cortes de Apelación o, al final, por la Sala de Casación de la Corte Suprema, o que sea impedido una y otra vez con argumentos falaces por la Corte de Constitucionalidad. ¿Cómo fue posible esto?

El inicio del camino para que el juicio y la sentencia contra Ríos Montt fueran posibles hay que buscarlo en los Acuerdos de Paz de 1996, en los que se llegó a un acuerdo de reconciliación que otorgaba inmunidad por crímenes ordinarios en conexión con el conflicto o por algunos crímenes políticos, pero exceptuaba el genocidio y otros delitos de lesa humanidad. Ese acuerdo se convirtió en la Ley de Reconciliación aún vigente. De hecho, todos los Acuerdos de Paz son, desde 2005, durante el gobierno de Óscar Berger, Ley de la República de Guatemala. Ésa es la institucionalidad que ha servido de punto de partida para que esto fuera posible.

Lo que de aquí en adelante no proceda conforme a verdadera justicia o caiga víctima de amenazas, sobornos, incapacidad de reconocer el racismo, o por otras causas, carece de importancia histórica frente al logro ya alcanzado: las víctimas han podido expresarse pública y judicialmente y de que uno de los máximos responsables de estos crímenes ha sido acusado y condenado, aunque al final sólo lo sea en primera instancia.

Por su trascendencia, este juicio y esta sentencia deberían prologar la alborada de un país no racista, multicultural, plurilingüe y multiétnico, un país que cumpla los Acuerdos de Paz, renuncie a la violencia, destierre los abismos de desigualdad y se asome a un futuro en el que haya educación de calidad y trabajo bien pagado para todos y así la mayoría salga de la plaga del hambre y empiece a poder crear fuentes de riqueza. Los ricos de Guatemala pueden y deben hacer mucho más para que ese país pueda ser una realidad. ¿Lo harán? Mientras sigan manteniendo el país como su propiedad privada, y a la mayoría de sus habitantes como los antiguos mozos colonos o como gente forzada a emigrar, la vida no florecerá en nuestro suelo y la gente no cosechará los frutos de la paz. Eso sí es seguir traicionando la paz y dividiendo a Guatemala.

CORRESPONSAL DE ENVÍO, EN GUATEMALA.

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